El Derecho al Agua es un Derecho Humano Constitucional
El pleno del Congreso atiende reserva del PAS para no reformar el artículo 76 del Código Fiscal Municipal de Sinaloa, lo cual permitiría acciones de embargo y penales para usuarios personales y domésticos: Dip. Corrales Burgueño
Rinde frutos la reserva que el Partido Sinaloense propuso, desde el mes de diciembre, para que no se les otorgue facultades a los Gerentes de la Juntas de Agua Potable de los Ayuntamientos, y como resultado de ello tengan facultades para fiscalizar los adeudos del agua potable para uso doméstico y consumo humano, comentó Víctor Antonio Corrales Burgueño.
En iniciativa de Reformas y Adiciones al Código Fiscal Municipal del Estado de Sinaloa presentada en diciembre del año 2016, se proponía darles facultades a los Gerentes Generales de la Juntas de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios, para que tuvieran la facultad de fincar créditos Fiscales a los hogares que deban un recibo del agua potable.
“Es inaceptable que a las familias se les pueda embargar sus bienes y se les mande al buró de crédito por no poder pagar el recibo del agua potable, la falta de sensibilidad social de algunos legisladores que presentaron estas reformas, sólo muestran que lo único que les interesa es el tema recaudatorio, llevar recursos al gobierno en detrimento de las familias de nuestro estado y no el bienestar de la sociedad sinaloense”, expresó Víctor Antonio Corrales burgueño.
Expresó a los medios de comunicación, que ellos mismos son testigos de que la mayoría de las personas que asisten al Congreso es para solicitar apoyo económico para para poder pagar los recibos de agua o energía eléctrica, lo cual manifiesta que la población, en buena medida tiene dificultades económicas para resolver este tipo de adeudos.
De hecho hay que establecer que la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa, en su artículo 16 fracción 2 establece lo siguiente: “Facturar y recaudar el importe de los servicios conforme a las tarifas y cuotas en vigor, así como los adeudos generados por el incumplimiento de los pagos oportunos; mismos que tendrán el carácter de créditos fiscales para efectos de la presente Ley”, razón por lo cual el Partido Sinaloense formuló y entregó una iniciativa en donde propone que se ADICIONE un párrafo a la fracción II del artículo 16 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa, que a la letra establece: Que el OBJETO de la presente iniciativa se endereza a que no sean considerados créditos fiscales, los adeudos de agua potable por consumo humano y doméstico.
Corrales Burgueño, afirmó que el Grupo Parlamentario seguirá insistiendo en que se legisle la iniciativa antes comentada, dado que con ello se protege a miles de familias.
Por lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense, logró que el día de hoy no se aprobaran las reformas planteadas, reconociendo la sensibilidad de los Legisladores.